Seguro contra Deshonestidad frente a la empresa
MAPFRE cubre las pérdidas causadas por actos deshonestos que tus trabajadores cometan como robo sistemático, fraude, etc.
A quién va dirigido
Va dirigido a empresa comerciales, industriales, de servicios y en general todo tipo de empresas que requieran asegurar su patrimonio
Coberturas
Exclusiones
Este seguro no cubre la pérdida o daño atribuible o agravada por:
Error, equivocación, incompetencia, negligencia o falta de discreción o acto u omisión no dolosa del TRABAJADOR.
Actos inherentes a la marcha ordinaria de los negocios del ASEGURADO o cometidos en cumplimiento de cualquier reglamento interno o de cualquier orden, mandato, instrucción o autorización dada por EL ASEGURADO o por cualquier superior jerárquico del TRABAJADOR.
Errores o faltantes resultantes de inventarios o estados financieros.
Actos cometidos por un TRABAJADOR con antecedentes policiales y/o judiciales o que, con anterioridad, hubiere cometido un acto de deshonestidad contra EL ASEGURADO.
Actos cometidos por el propio ASEGURADO o dueño, socio o accionista del negocio asegurado.
Este seguro tampoco cubre el lucro cesante ni pérdidas indirectas o consecuenciales de cualquier tipo.
En caso de Siniestro
Procedimiento, plazo y canal para presentar la solicitud de cobertura
El ASEGURADO deberá cumplir con las siguientes cargas y obligaciones
- Comunicarse tan pronto como se tenga conocimiento de la ocurrencia y dentro de un plazo no mayor de tres (3) días con nuestro servicio de Atención al Cliente SI24:
- Si necesitas realizar una consulta, comunícate con nosotros al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (Provincia) de lunes a viernes de 8:30 am. a 06:00 pm., o los sábados y feriados de 08:30 am. a 1:00 pm.
- De presentarse una emergencia y/o a asistencia llámanos al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (Provincia) las 24 horas del día.
- Denunciar los hechos dentro de las 24 horas siguientes a su descubrimiento a las autoridades policiales y judiciales y justificar documentalmente la pérdida sufrida acreditando la preexistencia de los objetos substraídos.
- Informar y denunciar, de la manera indicada en este artículo, ante LA COMPAÑÍA y ante las autoridades competentes la ocurrencia de todo siniestro, aunque no pretenda indemnización alguna bajo esta Póliza.
Información y documentación que debe adjuntarse para la solicitud de cobertura
- Presentar, en el menor tiempo posible y como máximo dentro de los 30 días siguientes al descubrimiento de la pérdida, su reclamación definitiva, escrita y firmada.
- Dicha reclamación contendrá una relación detallada del dinero y/u objetos susceptibles de valorización en dinero materia del reclamo, con descripción y especificación de los mismos, así como los correspondientes documentos y datos comprobatorios, incluyéndose las copias de las denuncias policiales y judiciales que se hayan formulado.
Más información
Resumen de cobertura contratada y derechos del usuario
El siguiente texto es un resumen informativo de las Condiciones Generales del riesgo contratado. Las condiciones aplicables a cada póliza serán las detalladas en las Condiciones Particulares correspondientes.
1. Riesgos cubiertos
Las coberturas y sus alcances están descritas en el artículo 1° del Condicionado Del Seguro Contra Deshonestidad Frente a la Empresa.
2. Exclsuiones
Las exclusiones están descritas en los artículos 2° y 3° del Condicionado Del Seguro Contra Deshonestidad Frente a la Empresa.
3. Lugar y forma de pago de la prima
Ingresando a la página web de los siguientes Bancos: Banco de Crédito, Banco Continental, Scotiabank, Interbank, Banco Falabella y Banco Interamericano de Finanzas.
Acercándose a cualquiera de los siguientes Bancos: Banco de Crédito, Banco Continental, Scotiabank, Interbank, Banco de la Nación, Banco Falabella y Banco Interamericano de Finanzas, indicando el número de DNI, RUC o Carnet de Extranjería del contratante de la póliza.
Afiliándote al cargo en cuenta y/o tarjeta de crédito Mastercard, Visa, Diners, y American Express.
En cualquiera de nuestras oficinas ubicadas en Lima y Provincias, detalladas aquí.
4. Causales de resolución del contrato
Según lo establecido en el numeral 8.1 del Articulo N° 8, y 9.1, 9.2 y 9.3 del Art. N° 9° de las Cláusulas Generales de Contratación.
5. Derecho de arrepentimiento
Según lo establecido en el numeral 9.3 del artículo 9° de las Clausulas Generales de Contratación.
6. Procedimiento y plazo para presentar la solicitud de cobertura
Según lo establecido en el Art. N° 7°, de las Condiciones Generales del Seguro contra Deshonestidad Frente a la Empresa. Además de lo detallado en el Art. N° 10° de las Cláusulas Generales de Contratación.
7. Medio y plazo para el aviso del siniestro
Comunicarse de inmediato con nuestro servicio de Atención al Cliente SI24:
- Si necesitas realizar una consulta, comunícate con nosotros al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (Provincia) de lunes a viernes de 8:30 am. a 06:00 pm., o los sábados y feriados de 08:30 am. a 1:00 pm.
- De presentarse una emergencia y/o a asistencia llámanos al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (Provincia) las 24 horas del día.
El asegurado o contratante deberán regularizar dicho aviso dentro de los 3 (tres) días naturales siguientes, mediante declaración escrita y veraz, debiendo presentar copia certificada de la denuncia policial correspondiente.
8. Lugares para solicitar la cobertura del seguro
- Unidad de Riesgos Generales
Área de Siniestros - Av. 28 de Julio 873 Miraflores
9. Medios habilitados por la empresa para presentar reclamos
Los usuarios y/o consumidores, entendiéndose éstos como la persona natural o jurídica que adquiere, utiliza o disfruta de los productos o servicios ofrecidos por LA COMPAÑIA; podrán presentar consultas, reclamos y/o quejas a través de las plataformas establecidas por LA COMPAÑÍA y/o cualquier otro medio que establezca la Superintendencia de Banca Seguros y AFP.s usuarios y/o consumidores, entendiéndose éstos como la persona natural o jurídica que adquiere, utiliza o disfruta de los productos o servicios ofrecidos por LA COMPAÑIA; podrán presentar consultas, reclamos y/o quejas a través de las plataformas establecidas por LA COMPAÑÍA y/o cualquier otro medio que establezca la Superintendencia de Banca Seguros y AFP.
Consultas
Carta dirigida al Presidente del Grupo MAPFRE PERÚ (en papel membretado en caso de ser persona jurídica), indicando: tipo de solicitante, nombre completo, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico, número de póliza, número de siniestro, de ser el caso, nombre del producto/servicio afectado, así como una breve explicación, clara y precisa, de la consulta.
A través de nuestra pagina web, enlazándose al link de “Atención de Consultas“
Reclamos y/o Queja
Carta dirigida al Presidente del Grupo MAPFRE PERÚ (en papel membretado en caso de ser persona jurídica), indicando: tipo de solicitante, nombre completo, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico, número de póliza, número de siniestro, de ser el caso, nombre del producto/servicio afectado, así como una breve explicación, clara y precisa, del hecho reclamado y documentos que adjunta.
“Libro de Reclamaciones Virtual”, que estará al alcance del consumidor o usuario, siendo asesorado por un Ejecutivo de Atención al Cliente en las oficinas de LA COMPAÑIA a nivel nacional. Podrá adjuntar, de ser el caso documentos que sustenten su reclamo y/o queja.
A través de nuestra página Web, enlazándose al link de “Libro de Reclamaciones” (Reclamos y/o Quejas).
La respuesta al reclamo, será remitida al usuario en un plazo máximo de 30 días calendario de presentada la carta a LA COMPAÑÍA. Los plazos de respuesta podrán ser ampliados cuando la complejidad y naturaleza del reclamo lo justifique.
Si no fuese posible ubicar al reclamante en el domicilio indicado por éste en su carta, se le tendrá por desistido.
10. Instancias habilitadas para presentar reclamos y/o denuncias
- Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
Jr. Junín N° 270, Lima 01.
Teléfonos: 0800-10840 | (511) 200-1930
www.sbs.gob.pe - INDECOPI
Calle de la Prosa 104, San Borja
Teléfonos: 224 7777 (Lima) o 0800-4-4040 (provincias)
www.indecopi.gob.pe - Defensoría del Asegurado
Calle Arias Aragüez 146, San Antonio
Miraflores, Lima Perú
Telefax: 446 91 58
www.defaseg.com.pe
11. Mecanismo de solución de controversias
Todo litigio, controversia, desavenencia o reclamación resultante, relacionada o derivada de este acto jurídico o que guarde relación con él, incluidas las relativas a su validez, eficacia o terminación, incluso las del convenio arbitral, serán resueltas mediante arbitraje de derecho, cuando los daños o pérdidas reclamadas a LA COMPAÑÍA sean iguales o superiores a 20 UIT, o a los límites económicos vigentes que hubiere fijado la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. El tribunal arbitral estará conformado por tres árbitros los cuales deberán ser abogados con no menos de cinco años de reconocida experiencia en materia de seguros. El laudo será definitivo e inapelable, de conformidad con los reglamentos arbitrales del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad. Los costos y gastos de arbitraje serán de cargo de la parte vencida.
El laudo arbitral podrá ser revisado por el Poder Judicial, con arreglo a lo dispuesto en la legislación vigente.
En caso el monto reclamado por EL ASEGURADO no excediera los límites económicos fijados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, éste podrá acudir a la vía judicial.
El presente producto presenta obligaciones a cargo del usuario cuyo incumplimiento podría afectar el pago de la indemnización o prestaciones a las que se tendría derecho.
Dentro de la vigencia del contrato de seguro, el asegurado se encuentra obligado a informar a la empresa los hechos o circunstancias que agraven el riesgo asegurado.
Durante la vigencia del contrato LA COMPAÑÍA no puede modificar los términos contractuales pactados sin la aprobación previa y por escrito del contratante, quien tiene derecho a analizar la propuesta y tomar una decisión en el plazo de 30 días desde que la misma fue comunicada. La falta de aceptación de los nuevos términos, no genera la resolución del contrato, en cuyo caso se deberán respetar los términos en los que el contrato fue acordado.
NOTA IMPORTANTE: Las Condiciones Especiales del contrato prevalecen sobre las Condiciones Generales y Particulares.
Código de identificación RG0744420029
Formas de pago
Conoce todas nuestras formas de pago disponibles.
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Preguntas Frecuentes
¿Es necesario declarar a todos los trabajadores de la empresa?
No es necesario declararlos a todos, salvo que se contrate la CLAUSULA 001 -Comprensivo contra Deshonestidad frente a la Empresa, en cuyo caso, el asegurado está en la obligación de declarar a todos los trabajadores de la empresa.
¿Cuál es la diferencia de cobertura si contrato la CLAUSULA 001 - Comprensivo contra Deshonestidad frente a la Empresa?
¿Una diferencia de inventarios es un siniestro?
No. Una diferencia de inventarios no es un siniestro. El asegurado debe demostrar fehacientemente que ha habido un acto deshonesto.
¿Este seguro cubre la pérdida de beneficios resultante de no poder los bienes siniestrados?
No. Este seguro excluye el lucro cesante y/o pérdidas indirectas o consecuenciales de cualquier tipo. La indemnización se limita al daño material sufrido.