Los derechos del trabajador o derechos laborales son un conjunto de obligaciones que debe cumplir el empleador y que están reguladas por una serie de normas y leyes del estado peruano.
Los derechos del colaborador más básicos y que lo tienen todos los regímenes de trabajadores en el Perú son los siguientes:
Remuneración mínima vital
Todos los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada tienen derecho a percibir una remuneración mínima vital.
Gratificaciones
Los trabajadores deben percibir el pago de la gratificación dos veces al año, una por Fiestas Patrias (28 de julio) y la otra por la Navidad (25 de diciembre), en razón a una remuneración completa por cada oportunidad, y se pagará por mes calendario completo laborado.
Vacaciones remuneradas anuales
Son 30 días calendario de descanso físico remunerado de manera ininterrumpida por cada año completo de servicios. La remuneración vacacional se abonará antes del inicio del descanso. Si no se solicita un período de vacaciones hasta el término del vínculo laboral, la liquidación al trabajador incluirá el pago de las vacaciones truncas.
Refrigerio
Todo trabajador tiene derecho a 45 minutos de refrigerio como mínimo.
Compensación por Tiempo de Servicio (CTS)
La CTS comprende una remuneración depositada en dos pagos semestrales (mayo y noviembre). Son depósitos que le corresponden a todo trabajador, como beneficio social, por el tiempo de servicio brindado a una empresa.
Licencia de maternidad pre-natal y post-natal
Toda trabajadora gestante tiene derecho a gozar de 45 días de descanso pre-natal y 45 días de descanso post-natal. Asimismo, después tienen derecho a una hora diaria de permiso para darle de lactar a su hijo, la cual se extiende hasta cuando el menor tenga un año.
Seguro de Salud
ESSALUD 9% de la remuneración. Lo aporta en su integridad el empleado.
En caso de contar con un Seguro EPS brindado por su empleador, se descuenta un importe adicional.
SCTR Salud es un seguro de cobertura integral por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, permitiendo que el asegurado acceda desde consultas médicas hasta atenciones quirúrgicas. Es el empleador quien brinda este servicio a sus colaboradores.