¿En qué consiste el Seguro de Asistencia Médica Nacional Trébol Salud?
Condiciones de acceso
Coberturas
• Beneficio máximo anual por persona S/.5´000,000.
• Atención médica a través de Reembolso para beneficios indicados.
• Chequeo médico preventivo anual por etapa de vida al 100% en diferentes proveedores de salud.
• Programa de Enfermedades Crónicas “Vivir en Salud” al 100%
• Cobertura Oncológica al 100% (incluye terapia biológica y reconstrucción mamaria).
• Coberturas de Emergencias Accidentales y Médicas con opción a traslado en ambulancia.
• Atención Ambulatoria y Hospitalaria en clínicas afiliadas de Lima y Provincias.
• Programas médicos: Enfermedades crónicas “Receta Larga”.
• Delivery de medicinas FARMAPFRE (en Lima).
• Programa completo de Maternidad, controles pre y post natales, parto, cesárea, ecografías, laboratorio, suplementos nutricionales, evaluación odontológica y curso de psicoprofilaxis.
• Control del niño sano y sólo en Lima Inmunizaciones.
• Enfermedades congénitas del recién nacido.
• Enfermedades congénitas no conocidas.
• Atención oftalmológica y Cirugía Eximer Láser.
• Atención odontológica.
• Nutrición en consultorio.
• Medicina Física y Rehabilitación.
• Acupuntura y Homeopatía
• Medicina Quiropráctica
• Terapia biológica para enfermedades cardíacas, reumatológicas y otras.
• Botox para casos terapéuticos.
• Prótesis internas quirúrgicamente necesarias.
• Trasplante de órganos y tejidos.
• Salud Mental
• Enfermedades Epidémicas
• Cobertura por Desastres Naturales
• Cobertura por Terrorismo.
• Seguro de primas por muerte del Titular y Desamparo súbito.
• Sepelio
• Asistencia en viaje por emergencia en el extranjero hasta US$ 15,000 (Quince mil dólares) anual.
Beneficios
Conoce las principales ventajas que ofrece el Seguro Trébol Salud:
Plan de salud
Cobertura
Red de proveedores
Consulta y orientación médica telefónica
Plataformas virtuales
Oficinas
Atención directa
Atención médica a domicilio
Condicionados
Tarifarios
En caso de siniestro
Qué hacer en caso de siniestro
A. ATENCIÓN MÉDICA HOSPITALARIA
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA.
La Carta de Garantía es la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado. La carta de garantía incluirá los gastos por servicios de la clínica, los medicamentos y honorarios médicos, no debiendo el ASEGURADO y/o sus DEPENDIENTES inscritos pactar ni pagar honorarios adicionales. El proveedor médico se comunicará con el ASEGURADO para comunicarle sobre la emisión o no de dicha carta de garantía.
B. ATENCIÓN AMBULATORIA POR ENFERMEDAD Y/O ACCIDENTE
Presentar en la recepción de la clínica su carné y/o DNI. Pagar en la clínica el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
En caso de requerirse exámenes auxiliares deberá solicitarse una Carta de Garantía a LA COMPAÑÍA.
C. EMERGENCIA ACCIDENTAL
D. MATERNIDAD
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA. La misma que será la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado.
La carta de garantía incluirá los gastos por servicios de la clínica, los medicamentos y honorarios médicos, no debiendo el ASEGURADO y/o sus DEPENDIENTES inscritos pactar ni pagar honorarios adicionales.
En caso de atención por controles pre y post natales EL ASEGURADO deberá elegir la clínica y el médico de su preferencia dentro de la red de clínicas afiliadas para la atención ambulatoria previa presentación de DNI o carné.
E. CONTROL DE NIÑO SANO
Presentar en la recepción de la clínica su carné y/o DNI.
El ASEGURADO pagará directamente a la Clínica lo que le corresponda según lo indicado en la Tabla de Beneficios.
F. ENFERMEDADES CONGÉNITAS DEL RECIÉN NACIDO
Presentar en la recepción de la clínica su carné y/o DNI.
Pagar en la clínica el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
En caso el ASEGURADO requiera una atención hospitalaria y/o quirúrgica, sólo tiene que presentar al proveedor médico de la red afiliada su DNI o carné de asegurado.
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA.
La Carta de Garantía es la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado. La carta de garantía incluirá los gastos por servicios de la clínica, los medicamentos y honorarios médicos, no debiendo el ASEGURADO y/o sus DEPENDIENTES inscritos pactar ni pagar honorarios adicionales.
El proveedor médico se comunicará con el ASEGURADO para comunicarle sobre la emisión o no de dicha carta de garantía.
G. ENFERMEDADES CONGÉNITAS NO CONOCIDAS
Presentar en la recepción de la clínica su carné y/o DNI.
Pagar en la clínica el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
En caso el ASEGURADO requiera una atención hospitalaria y/o quirúrgica, sólo tiene que presentar al proveedor médico de la red afiliada su DNI o carné de asegurado.
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA.
La Carta de Garantía es la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado. La carta de garantía incluirá los gastos por servicios de la clínica, los medicamentos y honorarios médicos, no debiendo el ASEGURADO y/o sus DEPENDIENTES inscritos pactar ni pagar honorarios adicionales.
El proveedor médico se comunicará con el ASEGURADO para comunicarle sobre la emisión o no de dicha carta de garantía.
H. ENFERMEDADES EPIDÉMICAS
Presentar en la recepción de la clínica su carné y/o DNI.
Pagar en la clínica el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
En caso el ASEGURADO requiera una atención hospitalaria y/o quirúrgica, sólo tiene que presentar al proveedor médico de la red afiliada su DNI o carné de asegurado.
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA.
La Carta de Garantía es la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado. La carta de garantía incluirá los gastos por servicios de la clínica, los medicamentos y honorarios médicos, no debiendo el ASEGURADO y/o sus DEPENDIENTES inscritos pactar ni pagar honorarios adicionales.
El proveedor médico se comunicará con el ASEGURADO para comunicarle sobre la emisión o no de dicha carta de garantía.
I. CHEQUEO MEDICO PREVENTIVO
J. SEPELIO
Si necesitas realizar una consulta,comunícate con nosotros al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (provincias) de lunes a viernes de 08:30am. a 06:00pm., o los sábados y feriados de 08:30 am. a 01:00pm.
De presentarse una emergencia y/o asistencia: llámanos al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (Provincias) las 24 horas del día.
Los documentos que se deberá presentar para el uso de la presente cobertura son:
1. Certificado original de defunción.
2. Presupuesto del proveedor.
Dichos documentos deberán ser presentados en nuestras oficinas a nivel nacional detalladas en nuestra página web: https://www.mapfre.com.pe/.
K. SEGURO DE PRIMA POR MUERTE DE TITULAR
Si necesitas realizar una consulta,comunícate con nosotros al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (provincias) de lunes a viernes de 08:30am. a 06:00pm., o los sábados y feriados de 08:30 am. a 01:00pm.
De presentarse una emergencia y/o asistencia: llámanos al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (Provincias) las 24 horas del día.
El documento que se deberá presentar para el uso de este beneficio es:
Certificado original de defunción.
Dicho documento deberá ser presentado en nuestras oficinas a nivel nacional detalladas en nuestra página web: https://www.mapfre.com.pe/
L. COBERTURA POR TERRORISMO
M. OFTALMOLOGÍA
Presentar en la recepción del proveedor su carné y/o DNI.
Pagar el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
N. ODONTOLOGÍA
Presentar en la recepción del proveedor su carné y/o DNI.
Pagar el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
O. PRÓTESIS QUIRÚRGICAS INTERNAS
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA, la misma que será la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado.
La carta de garantía incluirá el costo del prótesis, siempre y cuando la atención hospitalaria este cubierta.
P. ATENCIÓN MÉDICA A DOMICILIO
El servicio comprende el tratamiento médico por las enfermedades que no requieren de hospitalización o exámenes especializados, la entrega de medicinas, la toma de muestra para análisis de laboratorio, todo ello en el domicilio del ASEGURADO.
Los exámenes complementarios podrán realizarse con los proveedores designados a través de carta de garantía si el examen lo requiriera.
El ASEGURADO en este caso, sólo tiene que presentar al proveedor médico de la red afiliada su DNI y/o carné.
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA.
La Carta de Garantía es la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado.
El proveedor médico se comunicará con el ASEGURADO para comunicarle sobre la emisión o no de dicha carta de garantía.
Este servicio tendrá cobertura en la ciudad de Lima exclusivamente dentro de los siguientes límites geográficos:
Por el Norte: Hasta Km 21 de la Panamericana Norte, inclusive.
Por el Sur: Hasta Chorrillos y San Juan de Miraflores, inclusive.
Por el Este: Hasta Municipalidad de Ate-Vitarte, inclusive.
Por el Oeste: La Punta Callao, inclusive.
Q. SERVICIO DE EMERGENCIA MÉDICA
Este servicio tendrá cobertura en la ciudad de Lima exclusivamente dentro de los siguientes límites geográficos:
Por el Norte: Km 21 de la Panamericana Norte, inclusive.
Por el Sur: Hasta Chorrillos y San Juan de Miraflores, inclusive.
Por el Este: Hasta Municipalidad de Ate-Vitarte, inclusive.
Por el Oeste: La Punta Callao, inclusive.
R. TRANSPORTE POR EVACUACIÓN
Estos servicios se brindan las 24 horas del día los 365 días del año.
S. TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS
Presentar en la recepción de la clínica su carné y/o DNI.
Pagar en la clínica el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
En caso de requerirse exámenes auxiliares deberá solicitarse una Carta de Garantía a LA COMPAÑÍA.
En caso el ASEGURADO requiera una atención hospitalaria y/o quirúrgica, sólo tiene que presentar al proveedor médico de la red afiliada su DNI o carné de asegurado.
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA.
La Carta de Garantía es la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado. La carta de garantía incluirá los gastos por servicios de la clínica, los medicamentos y honorarios médicos, no debiendo el ASEGURADO y/o sus DEPENDIENTES inscritos pactar ni pagar honorarios adicionales.
T. PROGRAMA AMBULATORIO DE ENFERMEDADES CRÓNICAS
El ASEGURADO deberá completar el formato de inscripción y enviarlo a la dirección: programacronicos@mapfre.com.pe
Este servicio tiene cobertura a domicilio en la ciudad de Lima dentro de los siguientes límites geográficos:
Por el Norte: Hasta Km 21 de la Panamericana Norte, inclusive.
Por el Sur: Hasta Chorrillos y San Juan de Miraflores, inclusive.
Por el Este: Hasta Municipalidad de Ate-Vitarte, inclusive.
Por el Oeste: La Punta Callao, inclusive.
U. CIRUGÍA EXIMER LÁSER
Presentar en la recepción del proveedor su carné y/o DNI.
Pagar el deducible y coaseguro indicada en la Tabla de Beneficios.
V. ONCOLOGÍA
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA.
La Carta de Garantía es la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado. La carta de garantía incluirá los gastos por servicios de la clínica, los medicamentos y honorarios médicos, no debiendo el ASEGURADO y/o sus DEPENDIENTES inscritos pactar ni pagar honorarios adicionales. El proveedor médico se comunicará con el ASEGURADO para comunicarle sobre la emisión o no de dicha carta de garantía.
W. NUTRICION EN CONSULTORIO
Presentar en la recepción del proveedor su carné y/o DNI.
Pagar el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
X. SERVICIO DE PSICOLOGIA Y SALUD MENTAL
Presentar en la recepción del proveedor su carné y/o DNI.
Pagar el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
Y. ACUPUNTURA Y HOMEOPATÍA
Presentar en la recepción del proveedor su carné y/o DNI.
Pagar el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
Z. MEDICINA QUIROPRÀCTICA
Presentar en la recepción del proveedor su carné y/o DNI.
Pagar el deducible y coaseguro correspondiente a la atención brindada.
AA. TERAPIA BIOLÓGICA
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA, la misma que será la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado.
La carta de garantía incluirá el costo de la terapia, siempre y cuando la atención este cubierta.
BB. BOTOX PARA CASOS TERAPÉUTICOS
El proveedor solicitará una carta de garantía a LA COMPAÑÌA, la misma que será la autorización escrita que LA COMPAÑÍA otorga para realizar la atención médica luego de validar que la cobertura y el procedimiento sean los adecuados según el diagnóstico presentado.
La carta de garantía incluirá el costo de la terapia, siempre y cuando la atención este cubierta.
CC. DESASTRES NATURALES
Información y Exclusiones
Período de carencia
Período de espera
- Litiasis o pólipo vesicular y/o de la vía biliar (incluye Litotripsia).
- Litiasis del sistema urinario (incluye Litotripsia).
- Fibroma del Útero, Quistes de Ovario, Endometriosis, Prolapso genitourinario, Colpocervicitis.
- Extracción de amígdalas y adenoides.
- Fibroadenoma Mamario, quistes o Displasia Fibroquística.
- Enfermedades de la próstata.
- Catarata, Glaucoma y Pterigion
- Nevus u Onicomicosis.
- Hemorroides y Várices.
- Hernias de cualquier tipo incluida la Hernia de Núcleo Pulposo.
- Diabetes, Hipertensión Arterial y Dislipidemia.
- Hipotiroidismo e hipertiroidismo.
- Enfermedades de la columna vertebral.
- Cisticercosis.
- Artroscopia, artrosis, artritis, meniscopatía, quiste calcáneo, excepto a consecuencia de accidentes cubiertos por esta póliza.
- Cirrosis Hepática.
- Enfermedades Cerebrovasculares y Cardiovasculares (excepto infarto y accidentes cerebrovasculares agudos)
- Cáncer.
- Tumoraciones benignas.
- Asma.
Maternidad
Enfermedades Congénitas No Conocidas, y Trasplante de órganos y tejidos
Exclusiones
a. Enfermedades y/o defectos congénitos y/o físicos adquiridos al nacer y gastos derivados por causas relacionadas de acuerdo al CIE-10, el cual se podrá ubicar en la página web www.mapfre.com.pe, así como en la página web de la Organización Mundial de la Salud http://www.who.int/es/ salvo las enfermedades congénitas de aquellos dependientes cuyo nacimiento haya sido amparado por la póliza hasta el límite señalado en la Tabla de Beneficios. Tampoco se encuentran cubiertas las enfermedades, lesiones, defectos y complicaciones congénitas o no congénitas que deriven de una inseminación artificial y/o tratamiento para fertilidad. No se cubren estudios o pruebas genéticas.
b. Enfermedades pre-existentes, tal como se definen en el numeral 1 de las CLÁUSULAS GENERALES DE CONTRATACIÓN.
c. Curas de reposo, surmenaje, enfermedades emocionales (ansiedad, depresión, stress, etc), trastornos funcionales de órganos, distonías neurovegetativas, desórdenes de la mente (psicosis, neurosis, fobias, etc), tratamientos psiquiátricos y/o psicológicos, enuresis nocturna, retardo mental o del desarrollo psicomotor, déficit de atención, bajo rendimiento escolar, disfunciones cerebrales, síndrome orgánico cerebral.
d. Gastos cuyo objeto sea el chequeo médico y despistaje de enfermedades de una persona sana, así como el tratamiento, análisis o procedimientos no relacionados directamente a un enfermedad determinada, a excepción de lo señalado en la T9abla de Beneficios.
e. Cirugía estética para fines de embellecimiento. Ginecomastia, mastoplastía, gigantomastia y cirugía del septum nasal; a excepción de los casos necesarios como consecuencia de un accidente cuyos gastos fueron cubiertos por esta Póliza.
f. Sustancias exfoliativas, preparados, jabones, cremas neutras y bloqueadores solares, salvo justificación médica aceptada por la Compañía.
g. Aparatos ortopédicos, ortésicos, prótesis (salvo las prótesis internas hasta el máximo señalado en la tabla de beneficios), equipos mecánicos y electrónicos, medias para várices, nebulizadores.
h. Los procedimientos, medicamentos, equipos, insumos o tratamientos que carezcan de un beneficio clínico relevante frente a alternativas vigentes o sustentados en Medicina Basada en Evidencia con nivel de evidencia IIA. No se cubren productos, servicios, procedimientos, insumos, medicamentos o tratamientos experimental, o en fase de periodo de prueba o investigación.
i. Tratamientos oftalmológicos; con excepción de la cobertura otorgada en el numeral 3.13 y 3.21 y los que resulten necesarios como consecuencia de un accidente amparado por esta póliza. En ningún caso se cubre la adquisición de anteojos, cristales, resinas y lentes de contactos. No están cubiertos los lentes intraoculares para el tratamiento de vicios de la refracción, cubriéndose solamente en el caso de catarata, los lentes monofocales.
j. Tratamiento y operaciones e carácter odontológico y/o cirugías bucales que afecten el componente estomatogmático; periodontitis, ortodoncia, gingivitis, a excepción de los causados por accidentes cubiertos por esta Póliza, salvo lo indicado en la cobertura otorgada en el numeral 3.14. No estarán cubiertas en casos de accidente, las prótesis de implantes dentales con los que contaba el ASEGURADO
k. Enfermedades resultantes del uso o afición a las drogas, estupefacientes y alcoholismo, así como las lesiones que se produzcan en situaciones de embriaguez o bajo influencia de drogas, o a consecuencia de la conducción de vehículos motorizados sin tener el ASEGURADO licencia vigente para hacerlo. En el caso específico de bebidas alcohólicas se considerará que el ASEGURADO se encuentra en estado etílico o situación de embriaguez, y por lo tanto sujeto a esta exclusión, cuando el examen de alcoholemia tomado inmediatamente después del accidente arroje un resultado mayor a 0.5gr./lt. En caso que la muestra para el examen de alcoholemia no sea tomada inmediatamente después del accidente, se considerará una disminución de 0.15 gr./lt. por hora desde el momento del accidente hasta la toma de la muestra. En el caso de drogas, fármacos, estupefacientes y narcóticos se considerará cualquier grado positivo de un examen toxicológico.
l. Productos de origen biológico,factores estimulantes de colonias, interferones, interleukinas, anticuerpos monoclonales, inhibidores de la tirosina, kinasa, antiangiogénicos, inhibidores proteosoma, injertos óseos. Derivados de proteínas, hormonas y vitaminas, salvo lo indicado en la Tabla de Beneficios.
m. Inmunoterapia, lisados bacterianos en adultos inmunoestimulantes, desensilización o pruebas relacionadas (inmunomoduladores, inmunoglobulinas, oligonucleóticos)
n. Compra de Sangre y derivados de plasma, albúmina, plaquetas y paquetes globulares.
o. Procedimientos de crio-preservación o criogenéticos. Tratamientos que utilicen células madre ( stem cell).
p. Ningún gasto vinculado a la donación y/o transfusión de sangre, salvo lo señalado en la Cobertura de Trasplante de Órganos.
q. Lesiones o enfermedades a consecuencia de actos de guerra, revoluciones, energía atómica, fenómenos catastróficos de la naturaleza y/o metereológicos, así como los que resulten de la participación activa en huelgas, motines y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y/o terrorismo.
r. Lesiones producidas a sí mismo por EL ASEGURADO o DEPENDIENTE en forma voluntaria o estando mentalmente insano; así como los gastos que se generen por suicidio, intento de suicidio, peleas o riñas, excepto los casos de legítima defensa comprobada con documento policial.
s. Alopecia, menopausia, peri o premenopausia, climaterio.
t. Medicamentos para el tratamiento de osteopenia.
u. Enfermedades contagiosas que requieran aislamiento o cuarentena y las que sean declaradas por el Ministerio de Salud como epidemia salvo lo indicado en la cobertura de Enfermedades Epidémicas.
v. Lesiones resultantes de la terapia de Rayos X y radioterapia, radium o isótopos.
w. Termómetros, papel higiénico, esponja, jabón, artículos de uso personal, cremas hidratantes, pañales, teléfono, acompañante, televisión.
x. Gastos por conceptos vinculados al diagnóstico y tratamiento de la apnea del sueño.
y. Accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.
z. Tratamiento quirúrgico de callosidades y juanetes (hallux valgus).
aa. Problemas de mandíbula, incluyendo el síndrome temporo mandibular y cráneo mandibular, desórdenes u otras alteraciones relacionadas con la unión entre la mandíbula, el cráneo y los músculos, nervios y otros tejidos en esa articulación.
bb. Ningún gasto por concepto de vitaminas, reconstituyentes, minerales, vigorizantes, nutrientes, leches, alimentos industrializados de cualquier tipo, geriátricos, hierbas, ansiolíticos, roacután, minoxidil, sedantes, antidepresivos, somníferos, vacunas, tratamientos naturistas, quiropraxia, acupuntura y “Farmacopea China”, aún cuando hubieren sido prescritas por médicos colegiados, salvo lo indicado en el numeral 3.25 y 3.26.
cc. Tratamientos por anorexia nerviosa, bulimia, para adelgazamiento o desnutrición, raquitismo, sobrepeso, hipovitaminosis, talla anormal, ginecomastia, obesidad mórbida o alteraciones hormonales que no sean debidos a enfermedad y terapia de reemplazo hormonal (TRH), todo tipo de trastorno de crecimiento y desarrollo así como tratamientos médicos o quirúrgicos para aumentar o disminuir de peso.
dd. Tratamientos desensibilizantes para las alergias.
ee. Terapia antiangiogénica para enfermedades maculares del ojo.
ff. Los accidentes que se produzcan durante la práctica activa de las siguientes actividades y/o deportes: participación en carreras de automóviles, motos acuáticas; participación en corridas de toros, novilladas, espectáculos taurinos, carrera de toros, rodeo, incluyendo montar a pelo potros salvajes o reses vacunas bravas; combate en artes marciales, boxeo, lucha libre, ‘vale todo’, esgrima o,; rugby, fútbol americano, lacrosse, hockey o hurling; caminata de montaña (‘trekking’ o senderismo), escalamiento o descensos, alpinismo o andinismo o montañismo, o rápel; canotaje o piragüismo o ‘rafting’, a partir de nivel de dificultad III; cacería de fieras; pesca en rocas, o caza submarina o subacuática, buceo o inmersión en mares, ríos, lagos o lagunas o pozos o pozas o cuevas o cavernas o aguas subterráneas; salto desde trampolines o clavados desde cualquier lugar; surf; equitación de salto o carrera de caballos; patinaje, o uso de patineta o ‘skateboard’; ciclismo de montaña o a campo traviesa o en carreteras o en autopistas; paracaidismo, parapente, alas delta; vuelos en avionetas o aviones ultraligeros,; trapecio, equilibrismo; salto desde puentes ‘puenting’; halterofilia; o esquí acuático o sobre nieve, ‘snowboard’ o ‘sandboard’. Tampoco los accidentes que ocurran o se produzcan por o durante el uso, sea como conductor o pasajero, de motocicletas, motonetas, ‘mototaxis’ o cuatrimotos.
gg. Todos los gastos efectuados en fechas posteriores al inicio del tratamiento originados por negligencia del propio ASEGURADO en perjuicio de su rehabilitación, incluyendo los casos en que el ASEGURADO se auto medique, así como las causas y/o consecuencias de un tratamiento y/o cirugía no cubiertos por esta póliza.
hh. Tratamientos o estudios u operaciones relacionadas con la infertilidad de cualquier tipo, impotencia o tratamientos con fines de esterilización o concepción, cirugía o tratamiento de varicocele, cambio de sexo, frigidez, inseminación artificial o implantación de embriones.
ii. Procedimientos médicos o quirúrgicos de naturaleza preventiva ni tratamientos de rehabilitación de audición o lenguaje.
jj. Gastos directos e indirectos por infecciones de transmisión sexual, venéreas, VIH, SIDA en cualquiera de sus formas y/o complicaciones, lesiones producidas durante prácticas sexuales de cualquier tipo, condiloma acuminado.
kk. Cuidados de enfermeras especiales, a excepción de las primeras 48 horas posteriores a una intervención quirúrgica, siempre que sea indicado por el médico tratante y previa coordinación con la COMPAÑÍA.
ll. No se cubre sepelio de los no-natos.
Más información
Código de registro: AE0746410050
Resumen
1. LUGAR Y FORMA DE PAGO DE LA PRIMA
Acercándose a cualquiera de los siguientes Bancos: Banco de Crédito, Banco Continental, Scotiabank, Interbank, Banco de la Nación, Banco Falabella y Banco Interamericano de Finanzas, indicando el número de DNI, RUC o Carnet de Extranjería del contratante de la póliza
Afiliándote al cargo en cuenta y/o tarjeta de crédito Mastercard, Visa, Diners, y American Express.
En cualquiera de nuestras oficinas ubicadas en Lima en la Av. 28 de Julio 873 Miraflores, Teléf. 213-7373 y Provincias al Teléf. 0801-1-1133 detalladas en nuestra página web https://seguros.mapfre.com.pe/nuestras-oficinas
2. LUGARES AUTORIZADOS POR LA EMPRESA PARA SOLICITAR LA COBERTURA DE SEGURO
Si necesitas realizar una consulta,comunícate con nosotros al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (provincias) de lunes a viernes de 08:30am. a 06:00pm., o los sábados y feriados de 08:30 am. a 01:00pm.
De presentarse una emergencia y/o asistencia: llámanos al 213-3333 (Lima) y 0801-1-1133 (Provincias) las 24 horas del día.
3. MEDIOS HABILITADOS POR LA EMPRESA PARA PRESENTAR RECLAMOS
Consultas
Comunicación dirigida al Presidente del Grupo MAPFRE PERÚ (en papel membretado en caso de ser persona jurídica), indicando: tipo de solicitante, nombre completo, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico, , nombre del producto/servicio afectado, así como una breve explicación, clara y precisa, de la consulta.
A través de la página Web de MAPFRE PERU https://www.mapfre.com.pe/ enlazándose al link de “Atención de Consultas”
Reclamos y/o Queja
Comunicación dirigida al Presidente del Grupo MAPFRE PERÚ (en papel membretado en caso de ser persona jurídica), indicando: tipo de solicitante, nombre completo, documento de identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico, , nombre del producto/servicio afectado, así como una breve explicación, clara y precisa, del hecho reclamado y documentos que adjunta.
“Libro de Reclamaciones Virtual”, que estará al alcance del consumidor o usuario, siendo asesorado por un Ejecutivo de Atención al Cliente en las oficinas de LA COMPAÑIA a nivel nacional. Podrá adjuntar, de ser el caso documentos que sustenten su reclamo y/o queja.
A través de la página Web de MAPFRE PERU https://www.mapfre.com.pe/ enlazándose al link de “Libro de Reclamaciones” (Reclamos y/o Quejas).
La respuesta al reclamo, será remitida al usuario en un plazo máximo de 30 días calendario de presentada la comunicación a LA COMPAÑÍA. Los plazos de respuesta podrán ser ampliados cuando la complejidad y naturaleza del reclamo lo justifique.
Si no fuese posible ubicar al reclamante en el domicilio indicado por éste en su carta, se le tendrá por atendido y archivado
4. INSTANCIAS HABILITADAS PARA PRESENTAR RECLAMOS Y/O DENUNCIAS
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
5. EL PRESENTE PRODUCTO
6. DENTRO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO DE SEGURO
7. PRINCIPALES RIESGOS CUBIERTOS
EMERGENCIA ACCIDENTAL MATERNIDAD CONTROL DEL NIÑO SANO ENFERMEDADES CONGÉNITAS DEL RECIÉN NACIDO
Además de los indicados en el artículo 3º de las Condiciones Generales.
8. PRINCIPALES EXCLUSIONES
9. CONDICIONES DE ACCESO Y LIMITES DE PERMANENCIA EN LOS SEGUROS PERSONALES.
10. DERECHO DE ARREPENTIMIENTO
En la oferta de seguros efectuada fuera del local de LA COMPAÑÍA o sin que medie la intermediación de un corredor de seguros o de un promotor de seguros, cuando el marco regulatorio permita la contratación de este producto a través de dichos mecanismos, el Contratante tiene derecho de arrepentimiento, el cual no está sujeto a penalidad alguna, empleando los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro ,en cuyo caso podrá resolver el presente contrato de seguro sin expresión de causa dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de recepción de la Póliza o la nota de cobertura provisional, debiendo LA COMPAÑÍA devolver el monto de la prima recibida.
11. DERECHO DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA
12. DERECHO DE ACEPTAR O NO LAS MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES PROPUESTAS POR LAS EMPRESAS, DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
13. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE COBERTURA DEL SEGURO.
Tarifarios
Las Condiciones Especiales del contrato prevalecen sobre las Condiciones Generales y Particulares.
Primas
Prima Comercial Anual (Incluye IGV)
- TRÉBOL SALUD
Rango de edades | Asegurados Nuevos (1) | Continuidad (2) | ||
---|---|---|---|---|
“A” | “B” | “C” | ||
0 | 4,160 | 5,408 | 8,319 | 10,400 |
1 | 3,772 | 4,902 | 7,541 | 9,426 |
2 | 3,461 | 4,500 | 6,922 | 8,653 |
3 | 3,249 | 4,223 | 6,495 | 8,118 |
4 | 3,115 | 4,048 | 6,227 | 7,784 |
5 | 3,038 | 3,949 | 6,074 | 7,591 |
6 | 2,998 | 3,898 | 5,995 | 7,493 |
7 | 2,985 | 3,880 | 5,968 | 7,459 |
8 | 2,992 | 3,889 | 5,983 | 7,478 |
9 | 3,017 | 3,922 | 6,033 | 7,540 |
10 | 3,056 | 3,972 | 6,109 | 7,637 |
11 | 3,106 | 4,036 | 6,210 | 7,763 |
12 | 3,165 | 4,114 | 6,329 | 7,910 |
13 | 3,231 | 4,200 | 6,461 | 8,075 |
14 | 3,303 | 4,293 | 6,604 | 8,256 |
15 | 3,379 | 4,391 | 6,755 | 8,443 |
16 | 3,457 | 4,493 | 6,911 | 8,638 |
17 | 3,536 | 4,595 | 7,070 | 8,836 |
18 | 3,616 | 4,700 | 7,230 | 9,037 |
19 | 3,697 | 4,804 | 7,392 | 9,239 |
20 | 3,778 | 4,910 | 7,554 | 9,440 |
21 | 3,858 | 5,015 | 7,715 | 9,643 |
22 | 3,938 | 5,119 | 7,875 | 9,844 |
23 | 4,020 | 5,223 | 8,036 | 10,045 |
24 | 4,097 | 5,326 | 8,193 | 10,242 |
25 | 4,174 | 5,426 | 8,347 | 10,433 |
26 | 4,252 | 5,529 | 8,504 | 10,629 |
27 | 4,394 | 5,711 | 8,784 | 10,980 |
28 | 4,525 | 5,882 | 9,049 | 11,310 |
29 | 4,646 | 6,040 | 9,291 | 11,614 |
30 | 4,756 | 6,184 | 9,511 | 11,889 |
31 | 4,854 | 6,310 | 9,707 | 12,134 |
32 | 4,940 | 6,422 | 9,878 | 12,348 |
33 | 5,015 | 6,520 | 10,028 | 12,534 |
34 | 5,085 | 6,608 | 10,167 | 12,708 |
35 | 5,150 | 6,696 | 10,300 | 12,874 |
36 | 5,218 | 6,783 | 10,436 | 13,044 |
37 | 5,292 | 6,878 | 10,580 | 13,225 |
38 | 5,372 | 6,983 | 10,742 | 13,428 |
39 | 5,465 | 7,104 | 10,928 | 13,660 |
40 | 5,574 | 7,246 | 11,146 | 13,933 |
41 | 5,702 | 7,412 | 11,402 | 14,251 |
42 | 5,846 | 7,601 | 11,692 | 14,615 |
43 | 6,011 | 7,814 | 12,021 | 15,025 |
44 | 6,192 | 8,049 | 12,383 | 15,480 |
45 | 6,390 | 8,308 | 12,780 | 15,974 |
46 | 6,605 | 8,586 | 13,207 | 16,510 |
47 | 6,833 | 8,882 | 13,664 | 17,080 |
48 | 7,075 | 9,196 | 14,146 | 17,684 |
49 | 7,328 | 9,525 | 14,655 | 18,318 |
50 | 7,593 | 9,870 | 15,182 | 18,977 |
51 | 7,868 | 10,228 | 15,733 | 19,666 |
52 | 8,155 | 10,600 | 16,308 | 20,384 |
53 | 8,453 | 10,987 | 16,904 | 21,128 |
54 | 8,762 | 11,390 | 17,523 | 21,902 |
55 | 9,083 | 11,808 | 18,164 | 22,706 |
56 | 9,422 | 12,248 | 18,840 | 23,551 |
57 | 9,953 | 12,939 | 19,905 | 24,880 |
58 | 10,536 | 13,696 | 21,069 | 26,336 |
59 | 11,160 | 14,507 | 22,317 | 27,896 |
60 | 11,816 | 15,361 | 23,631 | 29,537 |
61 | 12,498 | 16,247 | 24,994 | 31,242 |
62 | 13,198 | 17,157 | 26,394 | 32,991 |
63 | 13,908 | 18,079 | 27,813 | 34,766 |
64 | 14,621 | 19,007 | 29,240 | 36,550 |
65 | 15,332 | 19,932 | 30,664 | 38,329 |
66 | 16,037 | 20,848 | 32,072 | 40,089 |
67 | 16,727 | 21,746 | 33,452 | 41,816 |
68 | 17,401 | 22,620 | 34,799 | 43,498 |
69 | 18,051 | 23,466 | 36,100 | 45,125 |
70 | 18,676 | 24,278 | 37,351 | 46,688 |
71 | 19,272 | 25,053 | 38,543 | 48,178 |
72 | 19,836 | 25,786 | 39,670 | 49,588 |
73 | 20,365 | 26,475 | 40,729 | 50,910 |
74 | 20,858 | 27,116 | 41,716 | 52,144 |
75 | 21,314 | 27,708 | 42,626 | 53,282 |
76 | 21,730 | 28,249 | 43,459 | 54,323 |
77 | 22,108 | 28,738 | 44,213 | 55,266 |
78 | 22,444 | 29,177 | 44,888 | 56,109 |
79 | 22,743 | 29,565 | 45,484 | 56,854 |
80 | 23,003 | 29,903 | 46,004 | 57,504 |
81 | 23,226 | 30,193 | 46,450 | 58,062 |
82 | 23,413 | 30,437 | 46,825 | 58,531 |
83 | 23,569 | 30,639 | 47,136 | 58,919 |
84 | 23,694 | 30,801 | 47,386 | 59,231 |
85 | 23,792 | 30,928 | 47,580 | 59,475 |
86 | 23,897 | 31,065 | 47,792 | 59,739 |
87 | 24,003 | 31,203 | 48,004 | 60,005 |
88 | 24,109 | 31,341 | 48,218 | 60,271 |
89 | 24,218 | 31,482 | 48,432 | 60,540 |
90 | 24,324 | 31,622 | 48,647 | 60,808 |
91 | 24,432 | 31,761 | 48,863 | 61,078 |
92 | 24,541 | 31,903 | 49,080 | 61,350 |
93 | 24,650 | 32,046 | 49,299 | 61,622 |
94 | 24,760 | 32,187 | 49,518 | 61,896 |
95 | 24,870 | 32,330 | 49,739 | 62,172 |
96 | 24,981 | 32,474 | 49,959 | 62,450 |
97 | 25,092 | 32,619 | 50,182 | 62,727 |
98 | 25,204 | 32,764 | 50,405 | 63,005 |
99 | 25,315 | 32,908 | 50,630 | 63,285 |
100 | 25,428 | 33,055 | 50,854 | 63,567 |
Importante:
(1) Asegurados que no hayan tenido un seguro o plan de salud en el sistema asegurador o de EPS, o que habiéndolo tenido se encuentre fuera del plazo de continuidad o migración establecido por normativa legal vigente. Prima Comercial referencial sujeto a evaluación de antecedentes médicos y criterios técnicos actuariales.
(2) Asegurados que hayan tenido un seguro o plan de salud, y que se encuentren dentro del periodo de continuidad o migración establecido por normativa legal vigente.
(*) Prima para hijos dependientes, siempre que exista en póliza un asegurado con la condición de Titular.
(**) Prima para Titulares hasta los 30 años.
Las primas están sujetas a variación en el tiempo y podrán incrementarse en función a la proyección de gastos médicos.
Consulta las opciones de Financiamiento:
-Pago en 1 cuota sin interés, 4 cuotas trimestrales sin intereses, puede ser afiliado a cargo automático.
-Fraccionamiento con 2 cuotas semestrales y 10 cuotas (aplican intereses con una TEA 16.5%)
-Fraccionamiento en 12 cuotas obligatorio afiliación al cargo automático (aplican intereses con una TEA 16.5%)
Preguntas frecuentes
¿Qué documentos se presentan para adquirir un seguro de asistencia médica?
¿Cómo adquiero un seguro de asistencia médica?
También puedes visitar nuestra Oficina Principal: Av. 28 de Julio 873. Miraflores – Lima o red de oficinas a nivel nacional que podrá encontrar en nuestro portal web www.mapfreperu.com.
Para mayor información contáctanos en horario de oficina a través de nuestra central telefónica SI24 al teléfono 213-3333 (Lima) o 0801-1-1133 (provincias).
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*Seguro Trébol Salud.